Tipos de cotización a la Seguridad Social 2026: guía completa
La cotización a la Seguridad Social es la principal fuente de financiación del sistema de protección social español. Cada nómina descuenta un porcentaje al trabajador y la empresa aporta otro tanto, que financia jubilación, enfermedad, desempleo y formación. En esta guía explicamos los tipos vigentes en 2026, las bases de cotización y cómo se calcula el desglose con ejemplos numéricos.
Marco normativo
La cotización a la Seguridad Social está regulada por el Real Decreto Legislativo 2/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Los tipos y bases se actualizan cada año mediante la Ley de Presupuestos de la Seguridad Social, aprobada anualmente en el BOE.
Bases de cotización 2026
La base de cotización es la cantidad sobre la que se aplican los porcentajes. Tiene topes mínimo y máximo que se actualizan cada año:
| Base | Importe mensual 2026 | Importe anual (12 pagas) |
|---|---|---|
| Base mínima general | 1.323,00 € | 15.876,00 € |
| Base máxima general | 4.139,40 € | 49.673,70 € |
| Base mínima SMI | 1.381,00 € | 16.572,00 € |
La base mínima coincide con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) cuando este supera la base mínima general. En 2026, el SMI está en 1.381 €/mes, por encima de la base mínima general de 1.323 €. Por eso los trabajadores con SMI cotizan por 1.381 €, no por 1.323 €.
Cotización del trabajador por cuenta ajena
El trabajador por cuenta ajena cotiza aproximadamente el 6,35% de su base de cotización distribuido así:
| Contingencia | Tipo trabajador | Tipo empresa | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70% | 23,60% | 28,30% |
| Desempleo (indefinido) | 1,55% | 5,50% | 7,05% |
| Desempleo (temporal) | 1,60% | 6,70% | 8,30% |
| Formación profesional | 0,10% | 0,60% | 0,70% |
| FOGASA | — | 0,20% | 0,20% |
| Accidentes de trabajo y EEPP | — | 1,50% (media) | 1,50% |
| Total aproximado | 6,35% | ~31,4% | ~37,75% |
Ejemplo numérico: trabajador con 2.500 €/mes
- Base de cotización: 2.500 € (dentro de topes).
- Cotización trabajador: 6,35% × 2.500 = 158,75 €/mes.
- Desglose trabajador:
- Contingencias comunes: 4,70% × 2.500 = 117,50 €
- Desempleo: 1,55% × 2.500 = 38,75 €
- Formación profesional: 0,10% × 2.500 = 2,50 €
- Cotización empresa: ~31,4% × 2.500 = ~785 €/mes.
- Total cotización: 158,75 + 785 = 943,75 €/mes.
- Coste total para empresa: 2.500 + 785 = 3.285 €/mes.
Cotización por contingencias comunes
La cotización por contingencias comunes es la más importante y financia las prestaciones por:
- Jubilación: pensión contributiva al alcanzar la edad legal de jubilación (66 años y 8 meses en 2026 para quienes no tienen 38 años de cotización).
- Incapacidad permanente: por enfermedad común o accidente no laboral.
- Muerte y supervivencia: viudedad, orfandad y favor de familiares.
- Enfermedad común: baja médica por enfermedad no laboral.
Cotización por desempleo
La cotización por desempleo financia las prestaciones por desempleo (paro). El tipo del trabajador es del 1,55% en contratos indefinidos y del 1,60% en temporales. La empresa cotiza el 5,50% (indefinido) o el 6,70% (temporal). El contrato temporal cuesta más para compensar el mayor riesgo de desempleo.
Cotización por formación profesional
La cotización por formación profesional financia las acciones formativas de los trabajadores. El tipo del trabajador es del 0,10% y el de la empresa del 0,60%. A partir de 2024, con la Ley 3/2023 sobre formación profesional, se incrementan las aportaciones para reforzar el sistema dual.
FOGASA y accidentes de trabajo
El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) garantiza el pago de salarios e indemnizaciones impagados por empresas insolventes o en concurso. Solo lo cotiza la empresa, al 0,20%.
La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales la paga íntegramente la empresa. El tipo depende del riesgo de la actividad: oscila entre el 1,50% (media) y puede llegar al 6,70% en actividades de alto riesgo (construcción, minería). Se desglosa en incapacidad temporal, incapacidad permanente, muerte y supervivencia.
Topes de cotización: máximo y mínimo
La base de cotización se ajusta a los topes mínimo y máximo:
- Si el salario bruto mensual es inferior a 1.323 €: la base se ajusta al mínimo (1.323 €), salvo que el trabajador perciba el SMI (en cuyo caso la base es el SMI).
- Si el salario bruto mensual está entre 1.323 € y 4.139,40 €: la base coincide con el salario bruto mensual.
- Si el salario bruto mensual supera 4.139,40 €: la base se ajusta al máximo (4.139,40 €).
Ejemplo con base máxima
Trabajador con 6.000 €/mes de salario bruto:
- Base de cotización: 4.139,40 € (tope máximo).
- Cotización trabajador: 6,35% × 4.139,40 = 262,85 €/mes.
- Cotización empresa: ~31,4% × 4.139,40 = ~1.300 €/mes.
- Total cotización: 262,85 + 1.300 = ~1.562,85 €/mes.
- Coste total empresa: 6.000 + 1.300 = 7.300 €/mes.
Cotización de los trabajadores autónomos (RETA)
Los autónomos cotizan por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El tipo total es del 29,8%, que se aplica sobre la base de cotización elegida por el autónomo entre el mínimo (1.323 €) y el máximo (4.139,40 € en 2026, ampliable a 4.720 € con protección por cese de actividad). El desglose es:
| Contingencia | Tipo |
|---|---|
| Contingencias comunes | 28,30% |
| Formación profesional | 0,60% |
| Cese de actividad (protección por cese) | 0,90% |
| Total RETA | 29,80% |
Para más detalles, consulta nuestra guía sobre la cuota de autónomos 2026 y las bases de cotización del RETA.
Cotización de los contratos a tiempo parcial
Los trabajadores a tiempo parcial cotizan proporcionalmente a las horas trabajadas. La base de cotización se calcula dividiendo el salario bruto mensual por las horas trabajadas y multiplicando por las horas de un trabajador a tiempo completo. La base mínima y máxima también se prorratean.
Retención vs. cotización: la diferencia
Es importante distinguir entre retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social:
- Cotización SS: porcentaje fijo (6,35% trabajador) sobre la base de cotización, con topes. Financia el sistema de protección social.
- Retención IRPF: pago a cuenta del impuesto sobre la renta. Es un porcentaje variable (depende del salario y situación personal) que se ajusta en la declaración anual. No es una cotización: es un adelanto del IRPF.
Para calcular ambas, usa nuestra calculadora de nómina, que desglosa Seguridad Social e IRPF.
Deducciones en la base de cotización
Algunos conceptos no se incluyen en la base de cotización:
- Indemnizaciones por traslado, suspensión o despido.
- Gastos de locomoción y dietas de viaje dentro de los límites legales.
- Plus de transporte y plus de distancia hasta el límite exento.
- Indemnizaciones por muerte o incapacidad.
Estas cantidades no tributan ni a IRPF ni a Seguridad Social dentro de los límites legales.
Casos prácticos
Caso 1: trabajador con SMI
Trabajador con SMI de 1.381 €/mes, 14 pagas, contrato indefinido:
- Base de cotización: 1.381 € (SMI).
- Cotización trabajador: 6,35% × 1.381 = 87,69 €/mes.
- Cotización empresa: ~31,4% × 1.381 = ~433,63 €/mes.
- Total cotización: 521,32 €/mes.
Caso 2: trabajador con 3.500 €/mes
Trabajador con 3.500 €/mes, 14 pagas:
- Base de cotización: 3.500 € (dentro de topes).
- Cotización trabajador: 6,35% × 3.500 = 222,25 €/mes.
- Cotización empresa: ~31,4% × 3.500 = ~1.099 €/mes.
- Total cotización: 1.321,25 €/mes.
Caso 3: trabajador con 6.000 €/mes
Trabajador con 6.000 €/mes, 14 pagas:
- Base de cotización: 4.139,40 € (tope máximo).
- Cotización trabajador: 6,35% × 4.139,40 = 262,85 €/mes.
- Cotización empresa: ~31,4% × 4.139,40 = ~1.300 €/mes.
- Total cotización: 1.562,85 €/mes.
Errores comunes
- Confundir base imponible con base de cotización: la base de cotización es para la SS; la base imponible es para el IRPF. Pueden ser distintas si hay conceptos no cotizables (dietas, indemnizaciones).
- No aplicar el tope máximo: si cobras más de 4.139,40 €/mes, la base se ajusta al máximo. No se cotiza por el exceso.
- Olvidar el SMI como base mínima: si el SMI supera la base mínima general, los trabajadores con SMI cotizan por el SMI.
- No distinguir contrato indefinido de temporal: el tipo de desempleo es distinto (1,55% vs 1,60% para el trabajador; 5,50% vs 6,70% para la empresa).
- No contabilizar la cotización de accidentes de trabajo: varía según la actividad y puede ser significativa en sectores de riesgo.
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Calcular mi nóminaPreguntas frecuentes
¿Cuánto cotiza un trabajador a la Seguridad Social en 2026?
El trabajador por cuenta ajena cotiza aproximadamente el 6,35% de su base de cotización: 4,70% por contingencias comunes, 1,55% por desempleo (indefinido) o 1,60% (temporal) y 0,10% por formación profesional. La empresa cotiza aproximadamente el 30-32% adicional sobre la misma base.
¿Cuál es la base máxima de cotización en 2026?
La base máxima de cotización para 2026 es de 4.139,40 euros mensuales (49.673,70 euros anuales en 12 pagas). La base mínima general es de 1.323,00 euros mensuales. Estas bases se actualizan anualmente mediante el Presupuesto de la Seguridad Social.
¿Qué es la cotización por contingencias comunes?
La cotización por contingencias comunes financia las prestaciones por enfermedad común, accidente no laboral, jubilación, incapacidad permanente y muerte. El tipo del trabajador es del 4,70% y el de la empresa del 23,60%. Es la partida más importante de la cotización.
Fuentes y referencias
- BOE: boe.es — Real Decreto Legislativo 2/2023, de 28 de noviembre, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Seguridad Social: seg-social.es — Bases y tipos de cotización 2026.
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: seg-social.es — Cotización a la Seguridad Social.
- Ley de Presupuestos de la Seguridad Social: actualizaciones anuales de bases y tipos.